La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará durante
el viernes 18 de abril, feriado de Viernes Santo, el derecho al descanso de
trabajadores y trabajadoras del comercio, especialmente de grandes tiendas, que
hayan descansado en la misma fecha en años anteriores.
Las fiscalizaciones se harán caso a caso en
respuesta a denuncias interpuestas contra tiendas que hayan permanecido
cerradas en aquella fecha en años anteriores y cuyos dependientes no prestaron
funciones, pero que esta vez sí se les está obligando a trabajar.
En tal caso, de comprobarse que él o la denunciante
efectivamente no prestó servicios durante esta festividad en años anteriores,
se constatará una infracción cuya multa puede alcanzar hasta las 60 Unidades
Tributarias Mensuales ($4.098.360), cuyo valor durante abril es de $68.306.
También se detectará una infracción si durante la
fiscalización se constata que el empleador no mantiene en el lugar de trabajo
la documentación requerida para constatar la veracidad de la denuncia. En tal
caso, la multa por infracción ascenderá a 26,73 Ingresos Mínimos Mensuales
($8.798.206) para fines no remuneracionales.
Las denuncias serán recepcionadas a través del
Centro de Atención Laboral (CAT), número telefónico 600 450 4000, y en el Sistema
Único de Atención Ciudadana (SUAT) en el sitio web www.direccióndeltrabajo.cl
Director
del Trabajo
El director del Trabajo, Pablo Zenteno, explicó que
“acogiendo solicitudes y denuncias de organizaciones sindicales del retail, así
como también de algunos parlamentarios, la Dirección del Trabajo fiscalizará
caso a caso este 18 de abril, Viernes Santo, las denuncias que recibamos en
nuestros canales telefónicos y web sobre eventuales incumplimientos al derecho
adquirido al descanso de aquellos trabajadores y trabajadoras que no trabajaron
en esta misma fecha en años anteriores”.
El jefe nacional del Departamento de Inspección,
Jorge Meléndez, añadió que “en nuestras visitas a las tiendas denunciadas
nuestros inspectores exigirán que se nos entregue todo tipo de antecedentes
documentales indispensables para poder discernir si hay infracción o no. Recordamos
que la multa por no respetar el derecho adquirido de trabajadores y
trabajadoras del comercio a descansar este 18 de abril puede superar los 4
millones de pesos por infracción”.
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