El Instituto de
Seguridad Laboral (ISL), como entidad pública administradora del Seguro Social
contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales,
establecido en la Ley 16.744, reafirma su compromiso con la protección de los y
las estudiantes a través del Seguro Escolar. Este beneficio brinda cobertura
económica y de salud en casos de accidentes ocurridos durante los estudios, en
el trayecto de ida o regreso al establecimiento educacional, así como en la
realización de la práctica educacional o profesional.
“Este seguro, regulado
por el Decreto Supremo N° 313 de 1972, garantiza asistencia gratuita a
estudiantes regulares de establecimientos educacionales fiscales, municipales,
particulares subvencionados y no subvencionados reconocidos por el Estado. Su
administración se realiza en conjunto con el Sistema Nacional de Servicios de
Salud (SNSS), encargado de otorgar las prestaciones médicas necesarias”,
informó el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ricardo Ebner.
¿Qué cubre el Seguro Escolar?
En tanto, el director
regional del ISL, Néstor Villarroel, explicó que “el Seguro Escolar protege a
estudiantes desde el nivel de párvulos hasta la educación universitaria y
técnica profesional. Y su cobertura incluye: Atención médica gratuita en
establecimientos de la Red de Salud Pública; Hospitalizaciones, medicamentos y
atención dental; Prótesis, aparatos ortopédicos y rehabilitación y gastos de
traslado y otros requerimientos médicos”.
Además, también
contempla pensión temporal o permanente, en caso de ser necesario y cuota
mortuoria, en caso de fallecimiento del o la estudiante.
¿Cómo opera el Seguro Escolar?
El seguro protege a los
y las estudiantes desde el momento de su matrícula y se mantiene vigente
durante el período lectivo. En caso de accidente, los afectados pueden acudir a
cualquier centro de salud público para recibir atención gratuita. Es importante
destacar que los accidentes de trayecto también están cubiertos, siempre que se
pueda acreditar su relación con el traslado directo entre el hogar y el centro educativo,
mediante parte de Carabineros, testigos u otros medios de prueba.
Excepciones y calificación de accidentes
El Seguro Escolar no
cubre accidentes intencionales ni aquellos que no guarden relación con los
estudios o prácticas profesionales. La Comisión de Medicina Preventiva e
Invalidez (COMPIN) es la entidad encargada de calificar los accidentes y
determinar si corresponden a esta cobertura. En caso de disconformidad con la
resolución, los afectados pueden presentar un reclamo ante la Superintendencia
de Seguridad Social (SUSESO) dentro de un plazo de 90 días hábiles.
Importancia del Seguro Escolar
El Instituto de
Seguridad Laboral hace un llamado a la comunidad educativa a conocer y difundir
los alcances de este seguro, que constituye un derecho fundamental para la
protección de los y las estudiantes en su proceso formativo. La cobertura
gratuita y universal garantiza que ningún alumno o alumna quede desprotegido en
caso de sufrir un accidente relacionado con sus estudios.
Para más información, se
recomienda visitar el sitio web del Instituto de Seguridad Laboral o acudir a
las oficinas regionales del organismo.
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