Más de una vez nos hemos encontrado
con planes de telefonía móvil, internet o tv cable que siendo similares al que
se contrató, son considerablemente más baratos, incluso al ser de la misma
compañía.
Hasta ahora las empresas de telecomunicaciones no tenían la
obligatoriedad de avisar a las y los consumidores la existencia de otros planes
más económicos, cuestión que cambiará tras la pronta promulgación de la Ley
21.708.
¿EN
QUÉ CONSISTE ESTA NUEVA NORMATIVA?
Esta
normativa está ad portas de entrar en vigencia, faltando solo su publicación en
el Diario Oficial, que se concretaría entre el 14 de noviembre, como máximo el
18 del mismo mes, y el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) será el
encargado de fiscalizar su cumplimiento de acuerdo a lo establecido durante su
tramitación.
Por lo anterior, el SERNAC oficiará preventivamente a las principales
compañías de telecomunicaciones para que empiecen a ejecutar lo mandatado por
la ley, desde el día uno de promulgada ésta.
En síntesis, esta es una modificación a la Ley del Consumidor y
establece que, “los proveedores de servicios de telecomunicaciones deberán
informar, a su costo, la existencia de planes que sean objetivamente mejores para
el usuario, esto es, uno o más servicios al mismo precio o a un precio
inferior, o los mismos servicios a un precio inferior”.
En
este mismo sentido, cada empresa de telecomunicaciones deberá incluir en cada
boleta asociada a la facturación de un cliente, información sobre planes que
sean igual o más baratos que el plan actual, en condiciones similares.
Esto
deberá ser informado en la boleta, indistintamente esta se envíe por correo
electrónico, físicamente o para el acceso que cada cliente tiene en su información
de plan en el sitio web.
Por
ejemplo, si actualmente pago $20.000 por un plan contratado en 2021, que tiene
datos limitados a 500GB, pero en la boleta correspondiente al mes de diciembre
ya habría un plan equivalente (500 GB), pero a $10.000, éste deberá ser
informado (misma prestación, menor precio). También aplicaría, si, por $20.000
ahora existiese un plan que ya no sólo tenga un límite de 500GB, sino que sea
ilimitado y además incluya minutos libres (mismo precio, más prestaciones).
Además,
la normativa específica que los proveedores de servicios de telecomunicaciones
deberán mantener actualizada la información sobre planes y precios en su página
web y aplicaciones.
Por
último, las empresas deberán promover todas las condiciones para que el usuario
pueda ejercer su derecho de cambio de plan, y no podrán cobrar multa o recargo
por ello.
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