La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de apelación
presentado por la Importadora y Distribuidora Alameda S.A., Mazda Chile, en
contra de la sentencia que ordenó a Sergio Escobar Spa. (Derco Center)
empresa concesionaria y solidariamente a la empresa representante de Mazda
en el país, a pagar una indemnización por concepto de daño moral a clienta que
en 2021 sufrió un accidente automovilístico, resultando sus ocupantes con
lesiones de consideración, dado que el airbag del vehículo adquirido a los
querellados no se activó, pese al alto impacto de la colisión.
En fallo unánime (causa rol 114-2023), la Primera Sala del tribunal de
alzada –integrada por el ministro Juan Ignacio Correa Rosado, la fiscal
judicial Gloria Hidalgo Álvarez y el abogado (i) Juan Carlos Vidal Etcheverry–
confirmó la sentencia apelada, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local
de Osorno que, además, condenó a Mazda y la empresa concesionaria a pagar 5
millones de pesos por concepto de reparación o reemplazo de partes
defectuosas del vehículo (airbags) y al pago de una multa a beneficio fiscal de
50 UTM por infracción a la ley del consumidor.
“Se CONFIRMA la sentencia apelada de quince de mayo de dos mil veintitrés
dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Osorno”, consigna la
resolución del tribunal de alzada.
La resolución de primera instancia ratificada estableció que: “ (…) luego
de las indagaciones efectuadas, documentos tenidos a la vista, del estudio del
lugar del accidente y de la pericia realizada al station wagon placa patente
LFDD.82, llegó a la conclusión que se generaron las condiciones necesarias para
la activación del sistema airbag (SRS) de acuerdo al tipo de choque y energía
que llevaba el móvil al momento del accidente, fundamentándolo en el tipo de
impacto pues corresponde a un choque contra un cuerpo fijo, en el grado de
deformación del móvil en su parte delantera, en que existen códigos de falla
asociados al evento inspeccionados, los que están relacionados entre sí, donde
se observa fallos o mala comunicación de sensores y módulos necesarios para la
activación del sistema SRS, en que los sistemas de asistencia de frenado,
estabilidad y vuelvo o pre-vuelco, con los cuales se encuentra equipado el
vehículo siniestrado no parecen haber asistido al conductor ante una colisión
inminente y pérdida de control, todos incorporados en el equipamiento de la
versión del vehículo, en que existen lesiones de consideración de los
ocupantes, que se producen por la no activación del sistema SRS, y la no
funcionalidad de los sistemas activos de seguridad que asisten en la conducción,
y de acuerdo al manual y las condiciones de activación de los sistemas de
seguridad, de existir alguna condición no cumplida para el sistema SRS,
debiesen haber funcionado los pretensores de cinturones los cuales no se
encuentran activados”.
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