La Corte de Apelaciones
de Valdivia confirmó el fallo que condenó a la empresa Inmobiliaria e
Inversiones HyM SpA a reforestar con, a lo menos, 1.500 plantas nativas por
hectárea talada y al pago de una multa de $67.718.160 (sesenta y siete
millones, setecientos dieciocho mil ciento sesenta pesos) a beneficio
municipal, por el corte ilegal de 2,76 hectáreas de bosque nativo, en el sector
de Chan Chan, comuna de Puerto Octay.
En fallo unánime (causa
rol 224-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los
ministros Samuel Muñoz Weisz, María Soledad Piñeiro Fuenzalida y el abogado (i)
Eugenio Aravena Bustos– confirmó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de
Policía Local de Puerto Octay, que acogió la denuncia formulada por la
Corporación Nacional Forestal (Conaf).
“Teniendo presente el
mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se CONFIRMA la
sentencia apelada de siete de septiembre de dos mil veintidós”, consigna el
fallo.
“Tomando conocimiento de
hechos que configuran infracciones a la legislación urbanística y medio
ambiental, ofíciese al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la
Superintendencia del Medio Ambiente”, añade.
La sentencia de primer
grado confirmada dispuso, además, que: “(…) si el sentenciado no cancelare la
multa dentro del plazo legal, sufrirá su representante, por vía de apremio
QUINCE días de reclusión diurno, lo que deberá cumplir en la Cárcel Presidio que
corresponda”.
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