Demostrando su preocupación por aquellos voluntarios y
voluntarias de bomberos que se hayan visto sometidos a presiones por parte de
su empleador para no cumplir con su labor o que estén siendo llamados a volver
a sus trabajos, pese a estar prestando ayuda en una situación de emergencia, el
Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ángel Cabrera, hizo un llamado a
formalizar las denuncias en la
Inspección del Trabajo más cercana, o a través del portal Mi DT en www.dt.gob.cl.
La autoridad informó, en el marco de la campaña “Evitemos
una Tragedia” que impulsa el Gobierno de Chile, que la protección de los
derechos laborales de los voluntarios del Cuerpo de Bomberos que acuden a
colaborar en emergencias, como los actuales incendios forestales que se
registran en la zona sur del país, están definidos en un dictamen emitido por
la Dirección del Trabajo el 31 de enero de 2017.
El Seremi Cabrera manifestó que “desde nuestro Ministerio
siempre estamos velando por la protección de los derechos de las trabajadoras y
trabajadores. Recordemos que en el ordinario 2.211, publicado el 23 de
diciembre de 2022, rige el deber de protección de las trabajadoras y los
trabajadores que podrían resultar afectados por los incendios forestales. Además,
por dictamen del 31 de enero de 2017, se protegen los derechos laborales de los
voluntarios del Cuerpo de Bomberos que acuden a colaborar en emergencia. Es
decir, los voluntarios están facultados para acudir a llamados de emergencia
ante accidentes, incendios u otros siniestros que ocurran durante su jornada
laboral, no arriesgando con ello ni su fuente laboral ni sus remuneraciones”.
“Es por ello que estamos haciendo un llamado a respetar
no solo los derechos de los trabajadores y trabajadores sino en especial a
nuestros voluntarios y voluntarias, que día a día están entregando el máximo
para combatir estas emergencias”, agregó el titular de la cartera de trabajo en
la región de Los Lagos.
Asimismo, el ministro (s) del Trabajo y Previsión Social,
Giorgio Boccardo, expresó que “como Gobierno queremos ser enfáticos: el Código
del Trabajo garantiza el derecho a estas personas a ausentarse del lugar de
trabajo mientras dure la emergencia”, por lo que hizo “un llamado al personal
de bomberos a que hagan las denuncias respectivas ante la Dirección del
Trabajo. Seremos implacables con estas empresas y cursaremos las multas
respectivas, las que pueden ascender hasta las 60 unidades tributarias
mensuales”.
Esto rige para los contratos enmarcados en el Código del
Trabajo, en el Estatuto Administrativo contenido en la ley N° 18.834, y en el
Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales contenido en la ley N°
18.883, de aquellas personas que se desempeñen adicionalmente como voluntarios
del Cuerpo de Bomberos. “El tiempo que estos trabajadores/as destinen a la
atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los
efectos legales”, expresa la normativa.
Es decir, el empleador no podrá, en ningún caso,
calificar esta salida como intempestiva e injustificada para configurar la
causal de abandono de trabajo establecida en el artículo 160 del Código del
Trabajo, o como fundamento de una investigación sumaria o de un sumario
administrativo.
Adicionalmente, la Dirección del Trabajo tomó contacto
con la Superintendencia de Bomberos, institución que informó que aún no ha
recibido denuncias sobre este tema, pero sí varias consultas respecto a cómo
opera la normativa en el caso de los voluntarios/as que asisten a las labores
de emergencia.
De todas maneras, el empleador puede solicitar a la
Comandancia de Bomberos respectiva la acreditación de que el trabajador estuvo
prestando servicios en una emergencia.
Estas son las medidas que ha adoptado el Ministerio del
Trabajo y Previsión Social ante las emergencias por los incendios forestales:
I.- Protección a los derechos laborales
De acuerdo con el ordinario 2.211,
publicado el 23 de diciembre de 2022, rige el deber de protección de las
trabajadoras y los trabajadores que podrían resultar afectados por los
incendios forestales.
Además, por dictamen del 31 de enero
de 2017, se protegen los derechos laborales de los voluntarios del Cuerpo de
Bomberos que acuden a colaborar en emergencia. Es decir, los voluntarios “están
facultados para acudir a llamados de emergencia ante accidentes, incendios u
otros siniestros que ocurran durante su jornada laboral”, no arriesgando con
ello ni su fuente laboral ni sus remuneraciones.
El escrito agrega que “el tiempo que estos trabajadores destinen a la
atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los
efectos legales”. Por ello, se explicitó que “el empleador no podrá, en ningún
caso, calificar esta salida como intempestiva o injustificada” para configurar
la causal de abandono de trabajo establecida en el artículo 160, número 4,
letra a) del Código del Trabajo, o como fundamento de una investigación sumaria
o de un sumario administrativo.
La Dirección del Trabajo también realizó una reunión informativa en la
que se abordaron dos aspectos relacionados con la emergencia. El primero fue
una presentación que el jefe de urgencia de la Posta Central hizo a todos los
directores regionales del Trabajo para hablar de la ola de calor que vive
actualmente la zona centro sur del país y su afectación a los trabajadores y
las trabajadoras y cuáles son los escenarios a analizar en caso de trabajadores
expuestos de manera directa e indirecta a la radiación ultravioleta.
El segundo tema abordado fue la coordinación sectorial en el caso de
aquellas regiones que están siendo afectadas por esta ola de calor, con un
énfasis especial en aquellas zonas en que hay ocurrencia de incendios
forestales. Debido al riesgo para la seguridad y salud de las personas se
analizaron escenarios de los sectores agrícola y forestal, y de rubros que no
están directamente afectados por los incendios, pero que sí reciben daños
colaterales como el humo que emana de los siniestros.
II.- Refuerzos de la Seguridad Social
1.- Superintendencia de Seguridad Social
(SUSESO):
-
Acciones con las Mutualidades: medidas preventivas para
personas que deban actuar en el control de incendios y disponibilidad de
ambulancias para las zonas afectadas. En el caso de la ACHS, el centro de
atención Chillán se encontrará abierto el fin de semana.
-
En coordinación con autoridades regionales se pone a
disposición apoyo y contención emocional: profesionales otorgarán apoyo
psicológico.
-
Cajas de Compensación: condonación de multas; mayor
periodo de pago; y facilidad para los trámites necesarios de quienes han sido
afectados por los incendios.
2.- Instituto de Seguridad
Laboral (ISL):
-
Cierre anticipado para resguardo de funcionarios y
usuarios.
-
Entrega de equipamiento para voluntarios: guantes de
cabritilla, gorros legionarios, antiparras y bloqueador solar.
-
Traslado de 6 prevencionistas de riesgos desde la Región
Metropolitana a las zonas afectadas: 3 a la Región de Ñuble y 3 a la Región de
Biobío. En caso de que se requiera se dispondrás de más profesionales.
3.- Instituto de Previsión
Social (IPS):
-
Se evaluará cierre anticipado de sucursales para
resguardo de funcionarios y salud de sus usuarios.
-
A partir del lunes 5 de febrero de 2023, se instruirá a
Caja de Compensación Los Héroes para aplicar el procedimiento interno que
permita pagar a todas aquellas personas que perdieron su cédula de identidad en
los incendios, en las sucursales de las regiones del Biobío y Ñuble.
-
Móvil de atención IPS de La Araucanía se trasladará el
lunes 6 de febrero a la Región Ñuble para actividades de apoyo.
III.- Medidas para créditos prendarios
1.
Eximición de costo del Duplicado de Póliza.
A los usuarios/as del servicio de la Dirección de Crédito Prendario
(Dicrep), se les eximirá del costo de derecho de emisión a las pólizas de
usuarios afectados por el incendio.
● Duplicado de
póliza: 1% calculado sobre el capital prestado.
2.
Eximición del costo de Derecho de Emisión.
Esta medida beneficia principalmente a los empeñantes del rubro objetos
varios, ya que pueden recuperar sus especies a un menor costo, y debe ser
solicitada por cada usuario al momento de concurrir a la Unidad. Exime del
costo de derecho de emisión a las pólizas de usuarios afectados por el incendio
en dos modalidades: tradicional y cuotas.
3.
Suspender el devengo de intereses
En los créditos vigentes se suspende el devengo de intereses de los
usuarios que hayan sido afectados por el incendio.
4.
Extender el plazo de vigencia en los créditos
Se extiende el plazo de vigencia en los créditos vigentes de los
usuarios que hayan sido afectados por el incendio, por ejemplo, dos meses
adicionales.
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