La sala del Senado aprobó por unanimidad de los presentes, el proyecto de ley que declara feriado nacional el próximo 16 de septiembre. La iniciativa busca, por una parte, propiciar espacios de encuentro y bienestar para todas las personas con motivo de la celebración de las Fiestas Patrias y, por otra, favorecer la recuperación de sectores económicos que presentan un rezago en la recuperación.

“Contamos con un día más para celebrar nuestras Fiestas Patrias, así como también para cumplir con otro objetivo, que es apoyar a los sectores del turismo, gastronomía, hotelería, transportes y también de la cultura. Creemos que, después de dos años en los cuales hemos tenido distintas dificultades para poder reunirnos con motivo de la pandemia, y tomando este año los debidos resguardos para nuestra salud, efectivamente se va a poder producir un momento de encuentro, una pausa laboral importante y un momento en el cual las familias van a poder reunirse a celebrar nuestras fiestas nacionales”, manifestó el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ángel Cabrera.

El Seremi Cabrera valoró la rápida tramitación de la propuesta legal, que fue impulsada por el Ejecutivo luego de que la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de resolución que solicitaba al Gobierno la declaración del 16 de septiembre como feriado.

El Mensaje del proyecto señala, como fundamentos del mismo, que las “Fiestas Patrias constituyen un momento muy significativo para las personas y sus familias, refuerzan el sentido de identidad y renuevan los vínculos de la ciudadanía con nuestra historia y tradiciones”.

Agrega que, “cuando el feriado de Fiestas Patrias coincide, total o parcialmente, con un día sábado o domingo, las posibilidades de las personas de celebrar, descansar y desplazarse dentro del territorio nacional se reducen de manera considerable, mermando el bienestar que esta instancia podría significar para las personas y sus familias. A lo anterior se suma el importante rol que puede tener esta época festiva para la recuperación de sectores de la economía nacional aún afectados por los acontecimientos de los últimos años, tales como las actividades ligadas a la cultura, la hotelería y el turismo”.

Interferiado

El feriado del 16 de septiembre no será irrenunciable, como sí lo son los días 18 y 19 de ese mismo mes. Por otro lado, considerando que el sábado 17 de septiembre no será un día feriado, el Artículo 35 Bis del Código del Trabajo permite que el trabajador y el empleador puedan pactar con anterioridad ese día de descanso interferiado, explicó la ministra Jara.

El mencionado artículo señala que “las partes podrán pactar que la jornada de trabajo correspondiente a un día hábil entre dos días feriados, o entre un día feriado y un día sábado o domingo, según el caso, sea de descanso, con goce de remuneraciones, acordando la compensación de las horas no trabajadas mediante la prestación de servicios con anterioridad o posterioridad a dicha fecha. No serán horas extraordinarias las trabajadas en compensación del descanso pactado”.

Añade que “dicho pacto deberá constar por escrito. Tratándose de empresas o faenas no exceptuadas del descanso dominical, en ningún caso podrá acordarse que la compensación se realice en día domingo”.