Actualmente, no existe una sanción específica para esta clase de conductas. Quienes participan en carreras clandestinas son multados por exceso de velocidad, que, dependiendo de la velocidad por sobre el máximo permitido, pueden variar entre 1,5 hasta un máximo de 3 UTM.

 

Ante el aumento de carreras clandestinas en la región, especialmente en Puerto Montt, Moreira volvió a solicitar urgencia, asegurando que al gobierno no le interesan los temas relacionados con la seguridad.

 

“Hemos insistido en dar celeridad al proyecto de ley que presentamos que busca aumentar las sanciones para quienes participan en carreras clandestinas, pero como tristemente se está haciendo costumbre, al gobierno no le interesan los temas relacionados con la seguridad. Aquí hay un problema serio que pone en riesgo la vida de personas. Nuestra Capital Regional está prácticamente desbordada por conductores avezados y sin escrúpulos que creen que las calles de Puerto Montt son parte de la película “Rápido y Furioso”. Esto ya no ocurre solamente en Pelluco, sino que en Mirasol, Chinquihue, Alerce, la Ruta 5 Sur y hasta la Carretera Austral”.

 

El parlamentario se refirió a los últimos episodios conocidos en la región, en que incluso una persona fue agredida por quienes participan en este tipo de competencias.

 

“Además, quienes participan de estas competiciones ilícitas se sienten cada día más dueños de las calles, llegando a increpar y agredir a otros automovilistas, por el simple hecho de transitar por la ciudad e interferir en sus recorridos. Hace ya varios años presenté un proyecto que endurece sanciones, contemplando penas de cárcel para quienes participan y causen daños a otras personas así como suspensiones de licencias de conducir que podrían ser perpetuas. Actualmente no está tipificada como tal, la participación de carreras clandestinas y quienes son sorprendidos en esta práctica, solamente reciben multas por exceso de velocidad”.

 

El proyecto que se discute en el Senado tipifica el delito de Carreras Clandestinas. Asimismo, establece que, en caso de muerte de alguna persona, a causa de estas competencias ilegales, se impondrán penas que llegarán hasta el presidio mayor en su grado mínimo, junto con multas de hasta 20 UTM y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos.