Este 24 de marzo entró en vigencia la
reforma a la Ley del Consumidor que amplía el plazo de garantía legal de los
productos, pasando de tres, a seis meses en que las personas podrán exigir el
cambio del producto que salió defectuoso, la devolución del dinero pagado o la
reparación.
Esta reforma se enmarca en las
modificaciones introducidas por la Ley N° 21.398, y que reforzó la Ley del
Consumidor (Ley N° 19.496), estableciendo una serie de modificaciones en
beneficio de los consumidores en distintos ámbitos.
En el caso de la garantía legal, la
nueva normativa establece una ampliación del plazo para ejercer el derecho, de
tres a seis meses, lo que implica que las personas que compren un producto a
partir de hoy, podrán exigir a las empresas: el cambio, la reparación o
devolución de lo pagado cuando un producto sale malo o no sirve para los fines
que fue adquirido. Ese plazo se cuenta desde la recepción del producto. Ello, sin perjuicio de la indemnización que
pudiera solicitar un consumidor por los daños ocasionados.
Algunos productos como los
electrodomésticos, pueden requerir de una revisión por parte del servicio
técnico para verificar el origen de la falla, pero cumplido ese trámite, los
consumidores tienen derecho al cambio, la reparación o la devolución de lo
pagado, a su elección. Es importante señalar que mientras el proveedor realiza
esta revisión el plazo para ejercer el derecho a garantía se encuentra
suspendido.
Además, la nueva ley establece que las
empresas no podrán ofrecer a los consumidores la contratación de servicios,
productos o pólizas cuya cobertura corresponda a las obligaciones propias de la
garantía legal o afecte su plazo y opciones.
Por tanto, con la nueva Ley, las
empresas no pueden cobrar por los derechos propios de la garantía, ni
establecer restricciones al ejercicio de los seis meses de garantía legal,
argumentando que existe una garantía voluntaria.
Ante la entrada en vigencia de estos
nuevos derechos, el SERNAC estará monitoreando el cumplimiento por parte de las
empresas, y en caso de detectar infracciones, tomará las acciones que
correspondan.
Los problemas derivados del ejercicio
al derecho a la garantía es uno de los motivos por los cuales los consumidores
más reclaman ante el SERNAC. De hecho, durante el año 2021, el organismo
recibió 37.530 reclamos, mientras que en lo que va de este 2022, ya suma más de
11.100 casos.
Los problemas más habituales se
refieren a la negativa por parte de las empresas a devolver el dinero, seguido
por no realizar el cambio del producto, y no cumplir con los términos de la
garantía voluntaria.
Otros derechos
Recordemos además que la reforma a la
ley estableció que las empresas deberán informar la vida útil de los productos
durables. Por ejemplo, si una persona quiere comprar un refrigerador, antes de
hacerlo, deberá ser informada que con un uso normal el aparato le durará cinco
o diez años. Este derecho entrará en vigencia el próximo 24 de agosto de 2022.
También esta normativa estableció
como obligatorio el derecho a retracto en compras electrónicas, telefónicas o
por catálogos, dando la posibilidad de arrepentirse de la compra en 10 días
desde recibido el producto, disposición ya se encuentra vigente desde el 24 de
diciembre pasado.
La reforma también incluyó otros
nuevos derechos para los consumidores en otros ámbitos del consumo, por
ejemplo, al momento de comprar un auto, estableciendo la libre elección de
servicios técnicos en las mantenciones o la obligación de parte de las automotoras
a entregar un auto a las personas mientras el vehículo se encuentra en
reparación por más de cinco días hábiles. Estos derechos entran en vigencia a
partir del próximo 24 de abril.
También estableció nuevos derechos de
los pasajeros de avión; nuevos estándares en la protección de datos personales;
nuevas obligaciones en el mercado financiero; entre otros aspectos. Para más
información visite www.sernac.cl
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