El SERNAC, en
una actividad junto al Ministerio de Economía y la Superintendencia de
Insolvencia y re emprendimiento (SUPERIR), lanzó “No Me Hostiguen”, un acceso
directo para que los consumidores puedan reclamar de forma más expedita cuando
son afectados por cobranzas que no corresponden.
El Director Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, explicó que esta
necesidad surgió “por la frustración o angustia que provoca el hostigamiento o
las cobranzas por deudas que no corresponden. Queremos que los consumidores
tengan un acceso más expedito a este tipo de reclamos y también como
institución, poder visibilizarlos mejor para fiscalizar que este esté
respetando la Ley”.
Sólo
ingresando a la herramienta “No Me Hostiguen”, los consumidores pueden reclamar
si reciben llamados de cobranzas por deudas que ya pagaron, que corresponden a
otra persona, si lo contactan más de tres veces a la semana; o si le insisten
del pago cuando dicha deuda ya está en proceso de cobranza judicial; o se
encuentra renegociación y liquidación ante la Superintendencia de Insolvencia y
Reemprendimiento (SUPERIR).
Sólo el año
pasado, el SERNAC recibió más de 14 mil reclamos relacionados con cobranzas
abusivas, principalmente por llamados reiterados que hostigan a las personas,
informar de la deuda a terceros como la familia o el jefe, o cobrar por deudas
que no corresponden.
Para ingresar
los reclamos a través del botón “No Me Hostiguen”, los consumidores deben
ingresar a la sección “Portal del Consumidor” utilizando su clave SERNAC o
Clave Única. Tras ello, las empresas tienen un plazo máximo de 18 días para
gestionar la solicitud y dar respuesta.
En caso de detectar
incumplimientos a la Ley del Consumidor, el SERNAC podrá denunciar a las
empresas involucradas ante la justicia, instancia donde arriesgan multas de
hasta 300 UTM, esto es, alrededor de 16 millones por cada caso.
El Director
del SERNAC recalcó que la Ley del Consumidor prohíbe que las empresas que
realizan cobranzas extrajudiciales, acosen u hostiguen a los consumidores. De
hecho, sólo pueden realizar una visita o una llamada telefónica a la semana.
Adicionalmente, pueden realizar otras dos gestiones remotas durante la semana,
separados por al menos en dos días, por ejemplo, enviar correos, correos
electrónicos, SMS o mensajería instantánea.
En
conclusión, un consumidor podría tener máximo tres contactos efectivos a la
semana en caso de estar moroso. Por ejemplo, una llamada y dos SMS; o una
visita y dos e-mails. “Ya tener una deuda impaga es una situación difícil para
las familias porque nadie tiene deudas por gusto. Los consumidores creen que
por tener deudas morosas pierden sus derechos, por eso es importante informar y
facilitarles el camino del reclamo”.
En efecto, una
encuesta realizada por el SERNAC (detalles en el anexo) reveló que un 42% de
los consultados no sabe o cree no tener derechos cuando tiene deudas sin pagar.
Por otro
lado, un 24% de las personas reconoce que tiene derechos, pero las empresas no
le permiten ejercerlos al tener deuda impaga.
Asimismo, sólo
un 52% de los consumidores sabe que tiene derecho a declararse en quiebra y
reorganizar sus deudas; mientras que un 48% no sabe que tienen este derecho.
Del total de
los consumidores consultados en esta encuesta, que dicen tener deudas impagas,
un 93% señala que ha recibido acciones de cobranza. De ellos, un 49% asegura
que ha recibido cartas o correos electrónicos; mientras que un 40% indica que
ha recibido llamados de las empresas exigiendo el pago.
Por su parte,
un 23% señala que las empresas han informado de su deuda a terceras personas,
ya sea, familiares o personas del entorno laboral.
Cómo
renegociar una deuda
El Superintendente de Insolvencia y
Reemprendimiento (SUPERIR), Hugo Sánchez, explicó que los consumidores, en caso
de caer en sobreendeudamiento, tienen siempre la posibilidad de ponerse al día.
Para ello, las personas pueden acceder
gratuitamente al procedimiento de Renegociación, establecido en la Ley 20.720.
Destacó que es un trámite totalmente gratuito, que no requiere contar con un
abogado y que se efectúa íntegramente en las oficinas de la Superir. Explicó
que a diferencia de repactar, donde muchas veces con poco éxito se intenta
negociar una por una todas las deudas, “en este proceso se reúne en un mismo
lugar a todos los acreedores y al deudor, quien ofrece, con la asistencia de
los profesionales de la Superintendencia, una propuesta de solución de pago
general de todas sus deudas, que sea acorde a su situación financiera”.
En caso de existir acuerdo, “la persona
recibe de parte de los acreedores beneficios tales como más plazo para cumplir
con sus obligaciones, intereses más bajos e incluso puede obtener meses de
gracia o perdonazos de algunas cuotas”, resaltó el Superintendente.
De acuerdo con los datos de la Superir, el
93% de los deudores que han accedido a la renegociación han logrado una
tramitación exitosa.
Para realizar el trámite, el cual dura en
promedio 3 meses, se debe ingresar a www.superir.gob.cl y los requisitos son:
tener más de dos deudas vencidas por más de 90 días, y que en total, todas
sumen más de 80 U.F., no haber emitido boleta de honorario en los 24 meses
anteriores a la solicitud y no haber sido notificado de una demanda judicial
por deuda.
Talleres de
educación financiera
Durante el mes
de marzo, el SERNAC junto a la SUPERIR realizarán un ciclo de talleres
gratuitos, vía online, dirigidos a los consumidores que quieran conocer más
sobre sus derechos en el mercado financiero y cómo acceder a los procesos de
renegociación y liquidación.
Para
participar, los interesados deben inscribirse en los sitios web del SERNAC y de
la SUPERIR.
Calculadora
de gastos de cobranza:
El SERNAC
dispone en su página web una calculadora que permite calcular de manera fácil
los topes máximos que las empresas pueden exigir por concepto de gastos de
cobranza.
Los gastos de
cobranza corresponden a los montos que la empresa gastó realizando gestiones
para cobrar una deuda pendiente de pago y deben estar relacionados a acciones
efectivamente realizadas para exigir la deuda, por ejemplo, el envío de cartas,
llamados, mensajes, abogados, entre otros.
De acuerdo a
la normativa, sólo se pueden realizar cobros por las gestiones efectivamente
realizadas, cuyo monto no puede superar un porcentaje de lo adeudado, conforme
a la siguiente escala progresiva:
• 9% en caso que la deuda morosa sea
inferior a 10 UF (alrededor de $287mil).
• 6% por la parte de la deuda que exceda
las 10 UF (entre $287mil y 1 millón 435 mil).
• 3% por la parte de la deuda que exceda
sobre 50 UF (desde 1 millón 435 hacia arriba).
Derechos
cobranzas extrajudiciales Los consumidores que tienen derechos,
aunque tengan deudas impagas. Entre ellos: ●
Las empresas, al realizar acciones de cobranza
extrajudicial, no pueden informarles a otras personas sobre su deuda, como a
los familiares o el jefe. Es decir, está prohibida cualquier conducta que afecte
su privacidad o situación laboral. ●
Los llamados de cobranza sólo se pueden realizar de
lunes a sábados entre las 8:00 y las 20:00 horas. ●
Las empresas no pueden remitir ninguna clase de
documento, mensaje o comunicación que sea, aparente ser o haga referencia a
un escrito, resolución o actuación judicial. ●
La Ley prohíbe que las empresas que realizan cobranzas
extrajudiciales acosen u hostiguen a los consumidores. Sólo pueden realizar una visita o una llamada telefónica a la semana.
Adicionalmente, pueden realizar otras dos gestiones remotas durante la
semana, separados por al menos en dos días, por ejemplo, enviar correos,
correos electrónicos, SMS o mensajería instantánea. ●
Los consumidores tienen derecho a pagar su deuda
directamente a la empresa a la que le debe. ●
Los gastos de cobranza deben respetar los topes
establecidos en la ley. ●
Derecho a que le cobren los gastos de
cobranza efectivamente realizados, sólo
después de 20 días. ●
Los consumidores tienen derecho a salir de Dicom si
pagaron, aclararon o repactaron
voluntariamente la deuda. ●
Derecho a que se le informe, al realizar la cobranza, la posibilidad
de pagar la deuda y/o las modalidades de pago que se ofrezcan por el
proveedor. |
ANEXO
Encuesta
sobre endeudamiento y derechos financieros
El SERNAC
realizó una consulta ciudadana con el objetivo de conocer las experiencias de
los consumidores respecto al endeudamiento e identificar el nivel de
conocimiento de sus derechos ante
cobranzas extrajudiciales.
Consultados
respecto de cuál es su situación actual respecto del pago de sus compromisos
financieros, un 53% de las personas indica que tiene deudas, pero las ha podido
pagar en plazo; y un 18% revela que actualmente tiene deudas.
Por su parte,
un 26% de los encuestados señala que tiene dificultades en el actual pago de
sus deudas (un 5% señala que ha dejado de pagar todas sus deudas; un 15% señala
que ha dejado de pagar algunas deudas; y un 6% asegura que ha tenido que asumir
nuevas deudas para pagar otras).
¿Cuántos meses de atraso?
Ante de pregunta de cuantos meses
tiene de atraso en sus deudas, un 30% de los encuestados indica que desde hace
casi más de 2 años (octubre 2019); mientras que un 26% desde marzo de 2020.
¿Por qué motivos se encuentra en
esta situación?
Ante la consulta respecto de las
razones de su situación de endeudamiento, un 49% reconocer estarlo desde hace
bastante tiempo, sin poder salir.
Luego, en un 31%, se menciona la
pérdida de ingresos a partir de la pandemia. Esto, ya sea por la pérdida del
trabajo, la suspensión laboral y/o la disminución de ingresos.
Asimismo, un 18% de menciones
señalan que, a partir de la pandemia, han tenido que ayudar a familiares y/o
amigos, destinando ingresos en ello.
¿En qué mercados o servicios tiene
deudas sin pagar?
Un 75% de los encuestados indica
que están endeudados por el uso de tarjetas de crédito de banco, retail o
supermercado. Un 36% señala que se endeudó tras solicitar un crédito de
consumo.
¿Qué acciones
ha realizado para resolver su actual situación?
Un 36% de los
encuestados señala que ha enfrentado su situación de endeudamiento recurriendo
al uso de sus retiros del 10% de la AFP.
Un 34% indica
que ha debido repactar algunas deudas; mientras que un 27% revela que ha
solicitado préstamos a familiares y/o amigos, mientras que en un 24%, se ha
empeñado o puesto a la venta algunos bienes.
¿Ha recibido
alguna alternativa de parte de las empresas con las que tiene deuda?
El 56% de los
encuestados señala que frente a las deudas que no pueden pagar, las empresas no
les han ofrecido ninguna solución.
Un 36% admite
que, si bien le han ofrecido soluciones, dicha propuesta implica un nuevo
crédito con más cuotas.
Un 11% de las
personas agrega que la empresa ofreció descontar interés moratorio y gastos de
cobranzas; mientras que sólo 4% indica que la empresa les ofreció postergar las
cuotas.
Acciones de
cobranzas por deudas
Del total de
los consumidores con deudas impagas, un 93% señala que ha recibido acciones de
cobranza.
Asimismo,
entre quienes han recibido acciones de cobranza, un 49% revela que ha recibido
cartas o correos electrónicos; mientras que un 40% indica que ha recibido
llamados de las empresas exigiendo el pago.
Por su parte,
un 23% señala que las empresas han informado de su deuda a terceras personas,
ya sea, familiares o personas del entorno laboral.
Consecuencias
del endeudamiento
Un 43% de las
personas encuestadas indica que, dentro de las consecuencias directas de las
deudas, ha tenido que pagar multas, intereses moratorios y gastos de cobranza.
Por otro
lado, un 28% revela que le ha traído problemas de salud física y/o mental; un
23% ha repercutido en dificultades relacionadas con antecedentes comerciales; y
un 20% revela que ha tenido problemas familiares.
Asimismo, un
15% de las menciones indica que ha sido objeto de acciones judiciales de las
empresas y un 13% que han tenido que vender bienes para pagar deudas.
¿Tiene
derechos cuando tiene deudas atrasadas?
Un 34% de los
encuestados indica que sabe que tiene derechos que pueden exigir, aunque se
esté endeudado; mientras que un 27% indica que no sabe si tiene derechos.
Por otro
lado, un 24% de las personas reconoce que tiene derechos, pero las empresas no
le permiten ejercerlos al tener deuda impaga.
Finalmente,
un 15% afirma que no tiene derechos al tener deudas impagas.
Derecho a
declararse en quiebra
Sólo un 52% de los consumidores sabe que tiene derecho a declararse en
quiebra y reorganizar sus deudas; mientras que un 48% no sabe que tienen este
derecho.
Derechos más
desconocidos
Un 50% de las
personas encuestadas indica que no sabía que tenía derecho a que su deuda no
sea informada a familiares o terceros; seguido, con un 46%, no sabía que las
empresas no pueden enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales para
intimidar.
Gastos de
cobranza
Un 57% de los
consumidores no tiene conocimiento respecto de los gastos de cobranza; mientras
que un 30% afirma saber que las empresas sólo pueden cobrar gastos de cobranza
por gestiones efectivamente realizadas. Por su parte, un 28% añade que existen
montos de cobranza permitidos por ley.
Repactaciones
Consultados
por sus derechos respecto de repactaciones, un 59% reconoce que las empresas
deben respetar los nuevos plazos y montos. Por su parte, un 53% se señala la
obligación de las empresas de informar las nuevas condiciones de la
repactación.
Un 43% de las
personas conoce el derecho a que las empresas no pueden obligar a repactar;
mientras que un 35% indica que al repactar, las empresas deben sacar a la
persona de DICOM.
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