Quienes deseen cambiar o actualizar su
domicilio electoral, pueden realizar el trámite desde el 1 de enero de manera digital
y en forma presencial desde el 3 de enero.
Así, si prefieren efectuar este trámite de
manera digital deben ingresar al sitio web servel.cl, y utilizar su
Clave Única. Para el caso de la atención presencial se recuerda que éste puede
realizarse en SRCeI, en las oficinas de Chile Atiende, en los Consulados, en el
exterior, en las oficinas de la PDI, en los pasos fronterizos y además en las
16 Direcciones Regionales del Servicio Electoral, a contar del lunes 3 de enero
de 2022.
La aceptación de las solicitudes efectuadas
se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales luego de 20 a 25 días
hábiles.
Recordar que el Plebiscito
Ratificatorio o de Salida será obligatorio para quienes tengan domicilio
electoral en Chile y además, es responsabilidad de cada elector actualizar su
domicilio para la modificación a la legislación electoral que privilegia la
cercanía al domicilio del elector, en la asignación del local de votación.
Importante
Cómo obtener
la Clave Única
Para quienes no cuenten con su Clave Única,
además de la solicitud presencial, el Registro Civil dispuso la solicitud en
línea para todos los chilenos, dentro y fuera de país, ingresando a www.registrocivil.cl y seleccionando en el menú superior Clave Única, donde se le permitirá escoger un
día y hora para una video llamada.
Solicitud de
Incorporación al Registro Electoral para chilenos en el extranjero
A partir de las fechas indicadas también se
podrá solicitar la incorporación al Registro Electoral
de chilenos nacidos en el extranjero que cumplan con el requisito de
avecindamiento. El resultado del trámite será informado al
interesado, mediante correo electrónico y en el caso de no haberlo señalado,
por carta certificada enviada a su domicilio electoral declarado.
¿Qué es el
domicilio electoral?
Por domicilio electoral se entiende aquel
situado dentro de Chile, con el cual la persona tiene un vínculo objetivo, sea
porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o
desarrolla sus estudios en él. En el caso de los ciudadanos con derecho a
sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel
situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector.
¿Qué pasa si
se declara un domicilio electoral con el que no se tiene un vínculo?
Quien proporcione datos falsos o un domicilio
electoral con el que no tenga un vínculo objetivo, o el que, al momento de
solicitar cambio de domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento,
suplantare a otra persona, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado
mínimo y multa de diez a cien unidades tributarias mensuales, según lo indicado
por el artículo 54 de la ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre sistema de
inscripciones electorales y Servicio Electoral.
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