La Corte de
Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de apelación interpuesto por empresa
Fu Hao Entretenciones SpA, y confirmó la sentencia de primera instancia que la
condenó a pagar multa, por el máximo legal, de 5 UTM (unidades tributarias
mensuales), por funcionar sin patente municipal en la ciudad de Osorno.
En fallo unánime
(causa rol 174-2021), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los
ministros Marcia Undurraga Jensen, Luis Moisés Aedo Mora y el abogado (i) Luis
Galdames Bühler– confirmó la sentencia impugnada, pronunciada por el Primer
Juzgado de Policía Local de Osorno, acogió la denuncia presentada por la
Municipalidad de Osorno, tras detectar máquinas de juegos electrónicos operando
sin autorización en local comercial de la recurrente.
“Se CONFIRMA la
sentencia apelada de fecha veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno”,
sostiene el fallo.
La sentencia de
primera instancia ratificada consigna que: “(…) en el mes de abril del año
2020, el Departamento de Rentas de la Ilustre Municipalidad de Osorno, en
virtud del Dictamen N" 25.702 de la Contraloría General de la República de
2019, remitió una misiva a los contribuyentes que detentan patentes municipales
con giro de juegos electrónicos, en el que se les instruye que, para (el)
otorgamiento o renovación de estas deberán, acompañar informe respectivo,
emitido por la Superintendencia de Casinos y Juegos. De esta manera, señala la
fuerza obligatoria y vinculante del informe emanado por Contralor E. 33 .97
8/202 1 procediendo la Municipalidad de Osorno a dictar Decreto No 64 con fecha
06.01 de 2021 (…)”.
“Que, de todo lo
expuesto –continúa–, ha quedado demostrado para este sentenciador, que la
denuncia de fojas I y siguientes es efectiva, debiendo sancionarse a FU HAO
ENTRETENCIONES SpA N'77. 1 12.098-g,representado legalmente por don Lin Xie
Hong Chen, ambos con dirección comercial en Errázuriz No 1216, de la comuna de
Osorno, conforme normativa legal, esto es, por tener local comercial
funcionando con actividad de juegos electrónicos sin patente municipal,
aplicándose el máximo de multa, por su negativa a respetar la legislación
vigente”.
“Si el sentenciado
o quien sus derechos representen no cancelare la multa dentro del plazo legal,
sufrirá su representante legal por vía sustitución y apremio, reclusión
nocturna correspondiente a quince noches, pena que deberá cumplir en la Cárcel
presidio que corresponda”, añade.
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