El proyecto de ley, aprobado en el Senado, regula las deudas adquiridas entre el 18 de marzo del 2020 y el 31 de diciembre del 2021 en los servicios básicos y entrega un subsidio para las familias más vulnerables.

Los beneficiarios del prorrateo y de la ayuda estatal, deben tener un consumo menor a 15 metros cúbicos mensuales en el caso del agua, y no superior a 250 kWh en el caso de la electricidad.

Esta medida nace a raíz de los acuerdos entre el gobierno y las empresas proveedoras de servicios básicos, que aseguraron que no existan cortes del suministro durante la pandemia, permitiendo postergar los pago y de los proyectos de ley que permitieron mantener estas disposiciones hasta el 31 de diciembre del año pasado. 

El Senador por la región de Los Lagos, Iván Moreira, explicó que uno de los objetivos es evitar que el pago del monto adeudado se transforme en una bicicleta de gastos.

“La pandemia no ha terminado, y ante el alza de casos que registra nuestro país y la incertidumbre de la variante Omicron, es que hemos aprobado en el Senado el Proyecto que ley que permite prorratear el pago de las deudas contraídas por uso de servicios básicos durante esta grave crisis. La idea es que quienes anteriormente se han acogido a estos beneficios puedan tener ayuda, certeza y claridad sobre el pago, pactándose en varias cuotas y sin ningún tipo de interés o multa. También se aprobó un subsidio que ayudará a pagar estas deudas de agua potable y electricidad, de tal manera que esto tampoco se transforme en una bicicleta de gastos que a la larga termina siendo impagable para muchas familias. En este proyecto de ley, que contó con el apoyo de todos, está destinado especialmente a las familias más vulnerables, que han sufrido de manera muy dura los embates de esta pandemia y que en tiempos difíciles como los que estamos viviendo, es fundamental tener la certeza que los servicios básicos no se cortarán y que el consumo será pagado con muchas facilidades, llegando a extinguirse la deuda luego de cuatro años”.

Las deudas contraídas serán pagadas y divididas en 48 cuotas (4 años), las que no podrán exceder el 15% del cobro asociado al consumo promedio de cada familia y no podrán incluir multas ni intereses. Si pasado los 4 años, aún existe deuda, esta quedará extinta.