Con el objetivo de
modernizar sus sistemas de gestión, fiscalización y mediación, además de dar
atención especializada a las micro, pequeñas y medianas empresas, entró a
partir del 1° de octubre a regir en plenitud la Ley N°21.327.
Publicada en el
Diario Oficial el 30 de abril de este año, la nueva norma legal permite a la DT
incorporar mayor tecnología a sus procesos y actuaciones, reduciendo con ello
los tiempos de espera y digitalizando trámites y gestiones. Asimismo, impulsa
nuevas formas de fiscalización, esencialmente electrónica, fomenta y fortalece
la mediación en la negociación colectiva y crea una unidad de atención a las
mipymes.
En lo interno, el
texto fortalece las normas de ingreso a la institución y, reconociendo su
relevante función, intensifica la profesionalización de sus funcionarios
-actuales y futuros- y fija una nueva planta del Servicio.
El Director
Regional del Trabajo (S), Ernesto Morales, dijo que “a partir del 1° de octubre
todas las inspecciones de trabajo de la región de Los Lagos se encuentran en un
proceso de ajuste a propósito de la ley de modernización del servicio. Este
nuevo cuerpo legal que pone al día nuestras atribuciones en un escenario
laboral siempre cambiante. Amplía nuestro radio de acción, entrega nuevas
competencias y, sobre todo, moderniza nuestro accionar al permitirnos potenciar
la digitalización de trámites y de actuaciones inspectivas”.
En tanto, el
Seremi del Trabajo y Previsión Social, Fernando Gebhard, señaló: “La Ley de
Modernización de la DT constituye un tremendo paso en la modernización de las
relaciones laborales en nuestro país, facilitando las actuaciones de
trabajadores, sindicatos y empleadores, permitiendo una mejor fiscalización y
dotando a la institución de mayor y mejor data para la elaboración de buenas
políticas públicas. Sin duda, esta nueva ley será un importante avance y
contribuirá a mejorar las relaciones laborales en nuestro país”.
Principales ejes
En su ámbito
operativo, la nueva norma legal define ocho ejes principales:
1.- Modernización de la gestión: introduce
componentes tecnológicos, estableciendo que las notificaciones, citaciones y
comunicaciones con trabajadores, empleadores y organizaciones sindicales
deberán hacerse por correo electrónico, salvo en aquellos casos en que un
usuario, por razones fundadas, pida ser eximido de esa fórmula de interacción.
Como contrapartida, todos los usuarios podrán realizar sus trámites,
actuaciones, requerimientos y solicitudes por los mismos medios electrónicos
que disponga la DT, incluyendo ello la tramitación y seguimiento de las
denuncias, fiscalizaciones, solicitudes de pronunciamiento y consultas respecto
de trámites o procesos en curso de los cuales sean parte.
2.- Registro Electrónico Laboral: los
empleadores deben registrar en el sitio electrónico de la DT los contratos de
trabajo, sus terminaciones y otros documentos laborales que serán establecidos
en un reglamento que dictará el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. La
DT dispondrá así de toda la documentación laboral de manera digital,
facilitando con ello no solo la fiscalización sino que también contar con
información en línea y actualizada acerca de las relaciones laborales.
3.-Mejoras en el proceso de fiscalización:
para dar certeza jurídica a trabajadores, sindicatos y empleadores, la ley
incorpora principios básicos que regirán las fiscalizaciones. Asimismo, para
determinar los montos de las sanciones aplicables, estas se clasificarán en
leves, graves y gravísimas, considerándose para ello como criterios la
naturaleza de la infracción, la afectación de los derechos laborales, el número
de trabajadores perjudicados y la conducta del empleador.
4.- Fortalecimiento de la mediación: Para
vigorizar su tarea de ayudar a acercar posiciones y fomentar el diálogo social
entre trabajadores, sindicatos y empleadores, la ley refuerza las normas
mediadoras del Código del Trabajo. Por ejemplo, faculta a la Directora del
Trabajo para convocar, excepcionalmente y con acuerdo de las partes, a asesores
expertos externos que colaboren en el proceso de resolución de controversias y
así facilitar el diálogo y la construcción de acuerdos. Estos asesores serán
elegidos de un registro que elaborará la DT.
5.- Creación de la Unidad de Apoyo al Emprendedor
(Mipymes) en la DT y diferenciación de multas entre micro y pequeñas empresas: la
nueva unidad será una ventanilla única para recibir las consultas de las
Mipymes y las orientará en el cumplimiento oportuno e íntegro de la normativa
laboral. Adicionalmente, se diferenciará el monto de las multas que puede
cursar la DT entre micro y pequeñas empresas, atendiendo a sus distintas
realidades, lo que hasta antes de esta ley no era permitido.
6.- Solicitud de término de la calificación de
único empleador (Multirut): se permite al empleador solicitar ante el
juzgado de letras correspondiente el término de la calificación de Multirut o
empresas consideradas como único empleador para efectos laborales y
previsionales. Esto, en la medida que, tras la declaración judicial, las
situaciones que justificaron la sentencia hayan sido modificadas
sustancialmente, y siempre que hayan transcurrido a lo menos dos años desde que
quedó a firme la sentencia. Esto, salvo que la solicitud se base en el hecho de
que una de las empresas comprendidas en la declaración ha cambiado de dueño y
no hay entre ellas un controlador común, en cuyo caso se podrá solicitar antes.
7.- Consulta pública sobre instrucciones,
pronunciamientos y otras normas de la DT: la Directora del Trabajo puede
disponer de consultas públicas no vinculantes sobre las instrucciones,
pronunciamientos y demás normas generales que debe dictar el Servicio para que
los interesados hagan propuestas. Cada vez que se haga -de acuerdo a un
procedimiento elaborado y publicado por la DT- esta consulta deberá remitirse
al Consejo Superior Laboral para que también opine al respecto.
8.- Compendio anual de dictámenes, ordinarios,
circulares y órdenes de servicio: en enero de cada año, la Directora del
Trabajo publicará en el sitio web institucional un compendio anual de
dictámenes, ordinarios, circulares y órdenes de servicio emitidos el año
anterior. Objetivo es tener una DT más cercana a la ciudadanía, facilitar el
conocimiento de la normativa y que haya más certeza sobre la misma.
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