El Presidente Sebastián Piñera, acompañado por los ministros de Salud, Enrique Paris y de la Mujer (s), María José Abud,  promulgó una Ley de apoyo a familias que pierden un hijo en embarazo, en el parto o a pocos días de nacer. El delegado Presidencial de Osorno, Mario Bello, indicó al respecto que se busca que todas las instituciones de salud cuenten con protocolos para casos de muerte gestacional o perinatal, con manejo clínico y acompañamiento psico-emocional y de esta forma contener a los padres y al núcleo más cercano.

 

Explicó que la iniciativa otorga atención especial, con un estándar donde prime el trato digno y empático, tanto en el establecimiento de salud como también en el lugar de trabajo. 

 

Asimismo, sostuvo que la ley establece la obligación de “realizar acciones concretas de contención, empatía y respeto por el duelo de cada madre, u otra persona gestante que haya sufrido la muerte gestacional o perinatal, así como también para el padre o aquella persona significativa que la acompañe”, destacó.

 

El Delegado Presidencial, Mario Bello, indicó que esta promulgación es otro avance significativo y ya el Ministerio de Salud, dictará en un plazo de seis meses la norma técnica que establecerá los mecanismos o acciones concretas que deberán realizar los establecimientos de salud para resguardar este derecho. Otro punto a destacar es que la ley aumenta el plazo en caso de duelo por muerte de un hijo nacido vivo de 7 a 10 días y de 3 a 7 días para el caso de muerte de un hijo en periodo de gestación.

 

Cabe señalar, que esta iniciativa fue impulsada por Aracelly Brito, quien en el 2019 sufrió la pérdida de su hijo, Julián, a las nueve semanas de gestación; y en 2020, enfrentó la muerte de Dominga, a las 36 semanas de gestación.

 

Actualmente dentro del “Programa Chile Crece contigo” dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, se enmarca un proyecto piloto, que consiste en apoyar a los equipos de salud para atender de manera integral a las familias que viven un duelo perinatal en los Servicios de Neonatología y Maternidades de la Red Pública de Salud.

 

·        La ley considera, además, las siguientes medidas:

 

1.- Los profesionales de la salud deberán explicar de forma adecuada al padre, madre y personas significativas sobre el fallecimiento de su hijo o hija, y los procedimientos a realizar.

 

2.- Contar con asistencia inmediata y seguimiento multidisciplinario (matrona, psicólogo y psiquiatra). 

 

3.- Toda pérdida de un hijo o hija, independiente de las semanas de gestación u horas de vida, debe ser reconocida identificando datos del nonato o neonato, como nombre, peso, estatura, sexo y hora de nacimiento, entre otras especificaciones.