Tras cuatro
jornadas de votaciones la Convención Constitucional aprobó el reglamento que tiene
por objetivo establecer los principios, organización, funcionamiento y reglas
de procedimiento de la instancia.
Entre
ellos, está el que otorga a la ciudadanía participación en el proceso deliberativo,
permitiendo que desde la sociedad civil se presenten propuestas para ser
incorporadas en la nueva Constitución.
Además el reglamento
amplió el concepto de identidad de género y se definió que la paridad será una norma
en todas las instancias. De hecho se aprobó un artículo que establece un
mecanismo de transversalización de los enfoques de DDHH, género, inclusión,
plurinacionalidad, socioecológico y descentralización en el proceso de la
discusión constituyente.
Funcionamiento
·
Se fijó una semana territorial una vez al mes
- La
Convención, comisiones, subcomisiones y demás órganos podrán funcionar en
cualquier territorio del país
·
El Pleno sesionará al menos dos veces fuera de la ciudad de
Santiago
·
Comisiones procurarán sesionar por lo menos una vez al mes en un lugar
distinto a la sede de la Convención o el Palacio Pereira, priorizando
localidades fuera de la Región Metropolitana.
Sus comisiones
Serán siete las comisiones en las que se organizará el trabajo:
1. Comisión sobre Sistema
Político, Gobierno, Poder Legislativo y Sistema Electoral.
2. Comisión sobre
Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía.
3. Comisión de Forma de
Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia
Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal.
4. Comisión sobre
Derechos Fundamentales.
5. Comisión sobre Medio
Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo
Económico.
6. Comisión sobre
Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional.
7. Comisión sobre
sistemas de conocimientos, culturas, ciencia, tecnología, artes y patrimonios.
Mesa directiva
Sobre
la estructura orgánica, se fijó el criterio de paridad en todos sus órganos,
las atribuciones del Pleno, integración y elección de la Mesa directiva y
vicepresidencias adjuntas, así como su rotación cada seis meses y el mecanismo
de revocación de alguno de sus miembros.
También
se definieron las causales de cesación en el cargo y el reemplazo de las
vacantes en caso que se produzca una renuncia. Por ejemplo, si quien abandona
la Convención es independiente electo en listas de independientes, será
reemplazado por la persona del mismo género más votada dentro de la nómina.
Adicionalmente
se aprobó estatuto de las y los convencionales, que contiene sus deberes, derechos e incompatibilidades, y se
estableció que exista un enfoque de cuidados para que las y los convencionales
puedan participar de sesiones y comisiones sin inconvenientes.
¿Cómo se integrarán las
comisiones?
El reglamento aprobado
establece que todas las comisiones deben respetar los principios de paridad,
plurinacionalidad y equidad territorial, para lo cual se establece un número
fijo de escaños reservados en cada una.
Cuando una comisión tenga
más inscritos que los cupos que existen, éstos se determinarán por sorteo. Por
el contrario, si hay menos inscritos de los previstos, se hará un nuevo llamado
y de no completarse las vacantes, funcionarán sólo con los constituyentes
inscritos.
Quorum
Para que las comisiones puedan
sesionar y tomar acuerdos se requerirá de la asistencia de la mitad de las y
los convencionales en ejercicio que sean integrantes de la comisión respectiva.
Para proceder al
reemplazo de algún convencional en una comisión, si es un reemplazo permanente,
el convencional comunicará su reemplazo a la coordinación y se deberán aplicar
todos los criterios de integración para su efecto.
En el caso de un
reemplazo transitorio, se debe informar al secretario de la instancia, previo
al inicio de la sesión.
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