La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió recurso de protección deducido en contra de la
inmobiliaria Martabit SpA, por el presunto daño ambiental al humedal urbano Las
Quemas, resquicio legal interpuesto por el municipio de Osorno, y el cual perseguía
la paralización de las obras, mientras la empresa no someta su proyecto al Sistema
de Evaluación Ambiental y obtenga una Resolución de Calificación Ambiental
favorable.
El alcalde
Emeterio Carrillo explicó que la ley 19.300 de Bases Generales del Medio
Ambiente, manifiesta que todos aquellos proyectos o actividades susceptibles de
causar impacto en el medio ambiente, deberán someterse a la evaluación del organismo
fiscalizador, que para estos fines es el Servicio de Evaluación Ambiental
(SEA), “toda vez que es deber del Estado de Chile defender la preservación de
la biodiversidad”, argumentó.
La autoridad
comunal añadió que, a su juicio, la inmobiliaria no debió iniciar la remoción
de tierras y afectar parcialmente la superficie que la municipalidad está
solicitando sea declarada como humedal urbano ante el Ministerio de Medio
Ambiente, “por lo cual creemos que se contravino la normativa vigente, toda vez
que la empresa no contaba con las debidas autorizaciones ambientales”.
Por su
parte, el asesor jurídico de la municipalidad de Osorno, Hardy Vásquez, mostró
su satisfacción tras la aprobación del recurso de protección deducido en contra
de la empresa Martabit SpA, “toda vez que la constructora debió asumir sus
obligaciones ambientales, elaborando una declaratoria o estudio de impacto
ambiental, competente, a razón además que era de público conocimiento que la
casa edilicia había iniciado ante el Ministerio de Medio Ambiente la solicitud
de declaratoria de humedal urbano en el sector Las Quemas”.
Finalmente,
el abogado manifestó que era imperioso suspender las obras
que inició la inmobiliaria en el aludido humedal, “de modo no persista el
daño a este ecosistema. De ahí que hayamos solicitado también la orden de no
innovar, que fue acogida por este tribunal y lo que, a nivel jurídico, sustenta
la paralización de los trabajos que habían comenzado en este lugar hasta que la
Corte de Apelaciones resuelva el presente recurso”.
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