En su visita a caleta Anáhuac, específicamente a la Cooperativa de
Pescadores Artesanales de Puerto Montt (Coopermontt), Seremi de Economía,
Fomento y Turismo, Francisco Muñoz, informó que este tipo de asociaciones pueden
solicitar el Bono de Alivio por $1 millón, luego de que el Servicio de
Impuestos Internos (SII) adecuara el portal de solicitud para las Cooperativas
que cumplen los requisitos para su obtención.
Esto, debido que inicialmente las cooperativas no fueron incluidas por
encontrarse en el Registro de Contribuyentes del SII como Organizaciones Sin
Fines de Lucro (OSFL), lo que corresponde a una clasificación distinta a
“Personas Naturales y Jurídicas”, establecida en la Ley 21.354.
En la región de Los Lagos las cooperativas alcanzan a 91 organizaciones
vigentes, que son conformadas en total por 15.553 socios. De éstas, un 29%
corresponden a emprendimientos asociativos del rubro pesca, un 31% a los rubros
agrícolas y campesinos y un 3% a turismo, que indudablemente le da un sello
característico a la región.
El secretario regional ministerial de Economía, Fomento y Turismo,
Francisco Muñoz, explicó que “esta es una noticia que esperábamos como
región ya que inicialmente el espíritu era convocar a las cooperativas al bono
pyme, que también corresponden a emprendimientos regionales y en este sentido
hasta el 2 de agosto pueden solicitar esta bonificación y más adelante las
medidas complementarias, como el bono IVA que se habilita a partir del 18 de
agosto. Las cooperativas forman una red importante de emprendimiento que
favorecen al desarrollo de la economía local en la región de Los Lagos, en
rubros de agricultura, pesca, turismo y servicios; sin duda éste también es un
apoyo para ellos que, dado su nivel productivo también se vieron impactados por
la pandemia, y son absolutas merecedoras de esta bonificación”.
De esta forma, y hasta el 2 de agosto, las cooperativas pueden solicitar
el bono en la plataforma del SII www.sii.cl en
la medida que cumplan con los demás requisitos aplicables, entre los que
destacan el inicio de actividades en primera categoría hasta el 31 de marzo de
2020 y que tengan ingresos anuales que no hayan superado las 25.000 UF en 2020
($750 millones aproximadamente).
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