Con el objetivo de fomentar la actividad económica,
proteger el empleo y aportar al cuidado del presupuesto familiar, el Ministerio
de Energía definió vía decreto suspender la medición de horario de punta y el
recargo por energía adicional de invierno, para abril, mayo, agosto y
septiembre. Es decir, se mantendrá vigente sólo en junio y julio.
“Esta medida excepcional -que fue aplicada
exitosamente el año pasado- es complementaria con otras que hemos adoptado como
Gobierno para dar un impulso concreto a nuestra economía y cuidar el bolsillo
de los chilenos”, indicó el ministro de Energía, Juan Carlos Jobet.
Mientras que el seremi de Energía de Los Lagos,
Rodrigo Barahona, dijo que “a nivel de las Pymes, comercio e industrias,
permite compatibilizar mejor los turnos de trabajo con las restricciones de las
cuarentas, toques de queda y resguardos sanitarios. Respecto a los hogares,
esta decisión permite evitar que el aumento del consumo generado en la pandemia
sufra un recargo que impacte la cuenta eléctrica por “límite de invierno”.
Qué son las “horas
punta”
Las “Horas Punta” son aquellas en las que el
sistema eléctrico presenta sus mayores niveles de consumo. Históricamente estas
han correspondido al período comprendido entre las 18 a 22 horas, entre abril y
septiembre.
El control de demanda en horas de punta entrega una
señal de precio en períodos de mayor exigencia del sistema, para que los
clientes racionalicen su consumo eléctrico.
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