El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno condenó a Hanner Andrés
Figueroa Guengue a la pena de 18 años de presidio efectivo; en tanto, Israel
Hernán Rivas Asprilla y Adlay David Quiñones Castro deberán cumplir 15 años y
un día de presidio, en calidad de autores del delito consumado de tráfico de
drogas. Ilícito perpetrado entre abril y diciembre del año pasado en las
ciudades de Osorno, Puerto Montt y Santiago.
En fallo unánime (causa rol 42-2020), el tribunal aplicó, además, a
Figueroa Guengue, Rivas Asprillay y Quiñones Castro las accesorias legales de
inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos, derechos
políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras
duren las condenas; más el pago de una multa a beneficio fiscal de 120 unidades
tributarias mensuales (UTM) cada uno.
En la causa, el tribunal condenó a Carlos Arturo Álvarez Reza, Yefferson
Andrés Riascos Rengifo y Jennifer Esther Salazar a 10 años y un día de presidio
efectivo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios
públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones
titulares mientras dure la condena; más el pago de una multa de 40 UTM cada uno.
En el caso de Edith Nicaulys Santana Arias de Sosa y Jonathan Angulo
Vente el tribunal les impuso 5 años y un día de presidio efectivo, accesorias
de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos
políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure
la condena; más el pago de multas de 40 UTM.
A la condenada Marina Fernanda Maturana Martínez, el tribunal le impuso
la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada
intensiva por igual lapso, más las accesorias de inhabilitación absoluta
perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la
inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la
condena, más el pago de una multa de 80 UTM.
Finalmente, se absolvió al acusado Ismael de la Rosa, al no lograr el
Ministerio Público acreditar su participación culpable en los hechos.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se
proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar
sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de
ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de las especies, dinero,
instrumentos del delito y el vehículo incautados.
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