El seremi de Obras Públicas de la Región de Los Lagos
James Fry, junto con el Intendente Regional, Harry Jürgensen, se reunió con la
directiva del Comité de Agua Potable Rural de Ensenada, en la comuna de Puerto
Varas, para conversar e informar sobre la entrada en vigencia de la Ley Nº20.998,
cuyo reglamento fue aprobado el pasado 20 de noviembre.
Esta nueva Ley constituye una modificación radical en la
forma de administración y gestión de los servicios de Agua Potable Rural actual
y en el rol que ha desarrollado el Ministerio de Obras Públicas, a través del
Programa de Agua Potable Rural de la Dirección de Obras Hidráulicas. Establece
el marco regulatorio para la provisión de los servicios sanitarios (agua
potable y saneamiento) en Chile, reconociendo a las organizaciones sociales
como los encargados de la administración y operación de los servicios y el rol
del Estado como proveedor de la infraestructura para la provisión de los
servicios.
En la actividad, las autoridades regionales analizaron en
profundidad los alcances de esta ley, y los desafíos que supone para las
actuales administraciones de los sistemas de Agua Potable Rural existentes.
Esta ley, en la Región de Los Lagos, permitirá la incorporación de alrededor de
100 sistemas APR que no pertenecen al Programa MOP, que hoy incluye casi 205
sistemas, siempre que lo soliciten y cumplan con los requisitos de la Ley.
“Es un gran desafío para el MOP y la DOH hacerse cargo de
todos los sistema de Agua Potable rural. Vamos a generar la Subdirección de
Servicios Sanitarios Rurales en nuestra región y también se le entregará
mayores competencias a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) ya
que hasta la fecha, solo regulaba los sistemas sanitarios al interior del radio
urbano y desde ahora también fiscalizará los sistemas rurales. Sin duda, una
gran noticia en pro del pilar más social que tiene el Ministerio de Obras
Públicas”, expresó el secretario regional ministerial.
Por su parte, el Intendente regional manifestó que “en la
Región de Los Lagos tenemos más de 300 sistemas de Agua Potable Rural, los
cuales atienden a decenas de miles de familias y fueron creciendo de acuerdo a
las necesidades que teníamos en la región. Pero ahora, con la entrada en
vigencia de este reglamento, se regulariza toda esta situación y se apoya mucho
mejor a todos los comités de agua potable rural, pasan a ser parte del sistema
sanitario rural de todo el país y desde la región. Ahora hay una estructura
organizacional con responsabilidades claras de sus dirigentes, con obligaciones
que tienen que cumplir y también da derechos a todos los miembros de los
comités”, recalcó.
En tanto, el vicepresidente del comité de APR Ensenada,
Humberto Rojas, destacó que la nueva ley “ordena la operatividad y el
funcionamiento de los comités de agua potable rural. Afortunadamente nuestro
comité, en ese sentido, estábamos haciéndolo de acuerdo a como estaba
dispuesto. Pero sin duda que ayudará a que el sistema en general se regule bien
y todos puedan tener acceso a este servicio”, acotó.
Con una aplicación gradual, la Ley N°20.998 tiene entre
sus principales beneficios que reconoce a las organizaciones comunitarias y
sociales como administradores y operadores de Servicios Sanitarios Rurales;
mantiene la obligación del Estado para el financiamiento y ejecución de la
infraestructura y establece un ente revisor de proyectos de proyectos de agua
potable y saneamiento, la nueva Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales,
lo que asegurará un estándar homogéneo en las soluciones.
Adicionalmente, establece que las tarifas por los
servicios serán calculadas por la Superintendencia de Servicios Sanitarios
SISS, lo que facilitará la labor de los dirigentes. Esto a partir del tercer
año de vigencia de la ley, entre otras materias.
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