La
Superintendencia de Educación emitió un nuevo dictamen que permite flexibilizar
el uso de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), en el financiamiento de
medidas necesarias para implementar clases en línea y otras estrategias
pedagógicas que posibiliten la educación a distancia, según lo confirmó
la seremi del ramo Luisa Monardes.
La
autoridad explicó que acuerdo a la necesidad de escuelas y colegios por
continuar con los procesos de enseñanza-aprendizaje en forma remota, tras la
suspensión de clases presenciales decretada por la autoridad sanitaria, hemos
dispuesto que los sostenedores puedan efectuar gastos excepcionales con cargo a
la SEP, para la implementación de diversas medidas que vayan en directo
beneficio de los niños y niñas, como una manera de aminorar los efectos
negativos de la carencia de actividades presenciales
En
esta línea, la seremi de educación Luisa Monardes, destacó que “esta
flexibilización posibilita que los estudiantes prioritarios y preferentes de
nuestra región de los lagos, que no cuenten con equipamiento tecnológico
o servicios de internet en sus hogares, y que no hayan sido beneficiados por
otros programas del Estado que provean de los mismos elementos, puedan utilizar
herramientas que mejoren sus experiencias de enseñanza a distancia durante el
tiempo que se vean imposibilitados de retomar las clases presenciales”.
Asimismo,
la autoridad sostuvo que, si bien las clases a distancia no reemplazan el aula
tradicional y el vínculo que se produce en las comunidades educativas, “en las
condiciones actuales, los sistemas de educación remota se han vuelto
excepcionalmente necesarios para el perfeccionamiento de la relación pedagógica
docente-estudiante.
La
autoridad regional señaló que, en términos prácticos, el dictamen establece que
“la utilización de estos recursos se podrá materializar en la adquisición de
equipamiento tecnológico (computador, laptop, Tablet, teclados, mouse, entre
otros. En relación a teléfonos celulares, es posible la compra de estos equipos
sólo para acciones y casos puntuales.) que podrá entregarse en comodato a los
alumnos y alumnas beneficiarios, debiendo el establecimiento educacional
designar un profesional encargado de llevar el control e inventario para
resguardar dichos activos, de manera que puedan ser restituidos posteriormente
al establecimiento educacional una vez concluida las condiciones en virtud de
las cuales se autoriza su entrega”.
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