Con un avance de 39,1% en la región de Los
Lagos, el SEREMI de Trabajo y Previsión Social, Fernando Gebhard, detalló los
alcances en la región de Los Lagos de la Ley de Crianza Protegida, que fue
aprobada el pasado 27 de julio.
“Hasta la fecha, se han registrado 829
solicitudes de la Licencia Médica Preventiva Parental, lo que representa un
avance de 39,1% respecto a los posibles beneficiados en la zona, que son 2 mil
120”, informó Gebhard.
“El llamado que estamos haciendo es a
solicitar este beneficio, que tiene
como objetivo proteger a madres, padres y cuidadores de niños en edad
pre-escolar durante la actual emergencia sanitaria que vive el país producto
del COVID-19. Recordemos que la ley de
Crianza Protegida establece una licencia médica preventiva parental por causa
de la enfermedad COVID-19, respecto de las trabajadoras y los trabajadores que
hicieron uso del permiso postnatal parental y cuyo término desde el 18 de marzo
y hasta el término del estado de catástrofe”, explicó el SEREMI.
La licencia
preventiva Covid-19 podrá ser solicitada por el beneficiario del permiso de
postnatal parental por un plazo de 30 días, prorrogables por dos veces por
períodos continuos, hasta completar tres meses, siempre que se encuentre
vigente el estado de excepción constitucional.
“Además, la ley
permite a quienes tienen a su cargo el cuidado de niños
menores de seis años solicitar la suspensión de contrato a partir del 10 de
agosto y acceder a las prestaciones de la Ley de Protección al Empleo. De esta
forma buscamos apoyar a los trabajadores en tiempos de pandemia”, manifestó la
autoridad de Trabajo.
La Ley de Crianza Protegida entrega el
derecho a padres, madres o cuidadores de uno o más niños o niñas nacidos a
partir del año 2013, afiliados al Seguro de Desempleo, a solicitar
unilateralmente la suspensión de los efectos del contrato de trabajo,
recibiendo las prestaciones de la Ley de Protección del Empleo, siempre que
cumpla con los requisitos para acceder a ellas. En la región de Los Lagos se
espera que sean aproximadamente 34 mil los beneficiados.
Las trabajadoras y
trabajadores de casa particular tendrán derecho a solicitar la licencia
preventiva COVID-19 siempre que hayan hecho uso del permiso postnatal parental
o pedir la suspensión unilateral de su relación laboral por motivos de cuidado
y acogerse a las prestaciones de la Ley de Protección al Empleo siempre que
tengan acceso a las prestaciones contempladas en el artículo 4° de la ley N°
21.227.
Monto del beneficio
El monto del
subsidio asociado a la licencia Covid-19 será equivalente al del subsidio que
haya tenido por causa el permiso postnatal parental, y será pagada por la
Isapre a la que esté afiliado el trabajador (a) o Fonasa, según corresponda.
En el caso de
quienes se acojan a la suspensión de su contrato de trabajo por motivos de
cuidado, sus montos estarán directamente asociados a lo establecido en la Ley
de Protección al Empleo. Las prestaciones de que trata la presente ley serán compatibles con el
Ingreso Familiar de Emergencia, así como también con otros beneficios
económicos.
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