El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Fernando Gebhard, hizo un llamado a los empleadores a cumplir con los
protocolos y directrices que la autoridad sanitaria establezca.
“Si sus trabajadores pueden realizar sus labores en sus casas y mediante
el teletrabajo, les pedimos utilizar esta medida, esto con el fin de no
exponerlos. La idea es que todos los que puedan cumplir sus funciones de manera
remota, puedan hacerlo en mutuo acuerdo con el empleador” dijo Gebhard. En caso
de que no sea así, el llamado a los empleadores es garantizar todas las
condiciones de higiene para que sus trabajadores cumplan su función sin riesgos.
El Seremi Fernando Gebhard explicó que los trabajadores diagnosticados
con esta enfermedad tendrán derecho a licencia y a todos los derechos que eso
significa, independiente del lugar o forma de contagio.
“Sin embargo, se deberá evaluar si el contagio se dio en una
situación laboral o externa. De ser externa, la institución previsional de
salud será la responsable del tratamiento (Isapre o Fonasa). De ser laboral,
los administradores de seguros y accidentes profesionales deberán hacerse
cargo.”, detalló Gebhard.
Actualmente hay 3 grupos de trabajadores que tienen derecho a
licencia médica por Coronavirus: los contagiados; los que sean considerados
como “contacto estrecho” de un contagiado y los provenientes de 7 países considerados
como críticos: España, Italia, Francia, Alemania, Japón, Irán y China.
“Esa licencia es por un periodo máximo de 14 días desde la fecha
del contacto. La licencia médica tiene los mismos requisitos, topes y
condiciones que cualquier otra licencia médica por enfermedad”, explicó el
seremi.
En este contexto, Gebhard instó a los empleadores a entregar
flexibilidad a sus trabajadores para que se realicen los exámenes preventivos
en caso de tener sospecha de haber contraído la enfermedad y proporcionarles
información actualizada que emane desde la autoridad de salud.
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