1-. Esta institución contó con los servicios de la profesional que realiza la acusación, mediante dos contratos de suministro de servicios específicos, el primero de ellos entre el 01 de enero y el 31 de marzo del año 2019 y el segundo entre el 01 de abril y el 31 de diciembre del año 2019. Ambos con miras a talleres definidos en tiempo y espacio proporcionado por la profesional, para los programas Elige Vida Sana y Vida Sana Intervención en Obesidad. Los talleres se ejecutaron todos los meses, sin excepción, según constan en las boletas e informes emitidos por la profesional. Además, se agrega un tercer contrato a honorarios por servicio externo, como monitora de Zumba desde el 03 de mayo al 31 de diciembre de 2019. Ante esto, se aclara que la profesional no es funcionaria del Cesfam, sino que prestaba servicios externos para la ejecución de talleres en tiempo y espacio definido desde su inicio.

2-. La dirección de Salud no toma conocimiento del estado de embarazo de la profesional (verbal o escrito) hasta cuando se pone en antecedente de que ésta estaría descontenta porque no se realizarán contrataciones de servicios externos en el programa en el año 2020.

3-. El contrato a honorarios de la profesional se ejecutó hasta su término, sin interrupciones. La fecha de finalización del contrato es tomada en conocimiento al momento de firmar el documento.

4-. Vida Sana es un programa que se ejecuta con fondos traspasados desde el Servicio de Salud, el cual se evalúan anualmente. A fines del año 2019 se determina reestructurar la ejecución del programa debido al débil cumplimiento de éste mediante los talleres ejecutados. Parte de esta reestructuración es no realizar contratos con profesionales externos, funciones que son asumidas por personal del Cesfam. La determinación fue tomada por el equipo profesional de Salud y justificada por el informe del SSO en Oficio N° 394, con fecha 31/01/2020, donde se puntualiza el bajo cumplimiento de las metas del programa durante el año 2019 y el riesgo de liquidación de recursos desde el Ministerio de Salud.

5-. No se realizó desvinculación, ya que el contrato de la profesional tenía una fecha de término conocida de antemano. Lo que alude la profesional como “despido vía WhatsApp” es el momento en que ella consultar a la coordinadora del programa, de manera informal, por un nuevo contrato para el año 2020, a lo que la funcionara respondió, por la misma vía, que no habrá nuevas contrataciones. En ningún caso se trató de un despido, desvinculación o notificación.

6-. La profesional nunca se acercó a conversar su situación con la dirección de Salud sino hasta el día miércoles 4 de marzo de 2020, donde se le ofrece la posibilidad de realizar otros talleres del rubro, bajo la modalidad de servicios a honorarios, opción que fue propuesta por la Dirección de Salud, tras conversación con el Alcalde. La profesional responde que lo analizará e informa que interpondrá acciones legales toda vez que ella sentía que tenía la calidad de funcionaria del CESFAM de Purranque, debido a que registra contratos en diversos periodos de tiempo desde mayo del 2012, todos por actividades en algún recinto de educación en particular o por talleres de actividad física.

7-. Tomando conocimiento de esta situación, la Asociación de Funcionarios de la Salud Municipal del CESFAM de Purranque manifiesta que no se aceptarán presiones de ningún tipo a nuestras autoridades para considerar decisiones basadas en aspectos y evaluaciones técnicas vinculadas a la calidad del servicio, lo cual es la prioridad del compromiso que tenemos con la comunidad. La intención de este Municipio, funcionarios y autoridades jamás ha sido la de vulnerar un derecho fundamental como es la protección de la maternidad, siendo esta una de las premisas mas importantes en las funciones del área de Salud. Por ende, esta institución está de acuerdo con que los tribunales de Justicia tomen conocimiento de la situación, con miras a determinar los eventos cuestionados. En esta instancia, pondremos ante tribunales toda la información necesaria para esclarecer la situación, toda vez que en esta administración se han dado garantías de los derechos propios de la maternidad y su fomento.


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